El "Eztatuto" derogado

Hace un par de meses di a conocer la propuesta de Estatuto de Sevilla o Zevilla, si tenemos en cuenta la nueva "Realidad andaluza". Pero aquel breve y claro 'Eztatuto' , modelo de corrección lingüística y concisión programática se ha ido al traste. Una vez más los políticos han demostrado que no tienen palabra y que cambian cual veletas en cuanto sopla el viento. Les recuerdo lo qye había firmado hace unos meses el propio señor Chaves, cha ven lo que vale una palabra de un político. Transcribo el texto del Eztatuto no nato.

NUEVO ESTATUTO DE AUTONOMÍA

DE LA NACIÓN DE SEVILLA

PREÁMBULO

Sevilla, ejerciendo el derecho que le reconoce la Constitución, manifiesta su voluntad de constituirse en Nación independiente de Andalucía, región a la que ha estado subyugada hasta este momento. En esta hora solemne en que Sevilla recupera su libertad, rinde también

homenaje a todos los hombres y mujeres que lo han hecho posible.

TITULO PRELIMINAR: DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1.- Sevilla es un Imperio, o por lo menos lo vale

Artículo 2.-El Reino Sevillano está compuesto por los territorios actuales más los que se reclaman por razones históricas y turísticas y en concepto de repoblación que son: Chipiona, Sanlúcar de Barrameda, El Puerto de Santa María, y Jerez de la Frontera, que hasta ahora pertenecían a la provincia de Cádiz; Matalascañas, Torre La Higuera, Punta Umbría, Isla Canela, Isla Antilla, Mazagón y Aracena, que lo eran de la provincia de Huelva; Ronda, Antequera (ante era fontanero, ara soy albañil), Fuengirola y Marbella, que anteriormente pertenecían a la enemiga provincia de Málaga; Palma del Río, Cabra y Montilla que hasta ahora habían pertenecido a la provincia de Córdoba; y Zafra, Almendralejo y Jerez de los Caballeros que anteriormente estaban bajo el yugo de Badajoz.

Artículo 3.- Escudo. Estará compuesto por una imagen del Puente Triana con los escudos del Sevilla C.F. y del Real Betis Balompié a ambos lados, y coronado por la Macarena y el Gran Poder.

a diferencia del vecino país Ex-Paña tiene letra pero no tiene música, y su estribillo dice así: "Sevilla tiene un coloooooor especiaaaaaaaaaaaaal.."

Artículo 5.- Por el culo te la hinco

Artículo 6.- Serán ciudadanos de Sevilla todos aquellos nacidos en el Reino de Sevilla, en los territorios citados en el artículo 2, y en los territorios de ultramar (Isla Perejil)

Artículo 7.- Lengua. La lengua oficial del Reino es el Sevillano, todo súbdito tiene el derecho y el deber de conocer su lengua. Las instituciones promoverán su uso y serán especialmente escrupulosas de que en dicha lengua vengan traducidos los billetes de banco, entradas de fútbol y los tikes del Carrefour, Lidl, DIA, El Corte Inglés, Mercadona, el Polvillo (panadería, mal pensaos) y el Supersol. Los que no sepan hablarla irán a clases los martes y jueves después de comer.

Artículo 8.- En el proceso de normalización lingüística de nuestro idioma se eliminará

la grafía "J" que será sustituida por la hache, llamada, a partir de ahora, "ashe sevillana".

Artículo 9.- La bandera. Sevilla tendrá dos banderas, una azul celeste y otra negra que se usarán respectivamente de día y de noche para no ser vistas.

TÍTULO PRIMERO

Artículo 1.- Financiación. El Tesoro Real será sufragado por un impuesto inversamente

proporcional a la riqueza de sus súbditos así como por un canon sobre el jabón Lagarto y el papel higiénico, y, solidariamente, por lo que le sobre a Cataluña.

Artículo 2.- Con la aprobación de este articulado se colman las reivindicaciones históricas de Dos Hermanas y así pués por fin DOS HERMANAS ES UNA PROVINCIA sin discriminación sobre el resto de las que componen el Reino Sevillano.

Artículo 3.- Todas las provincias dependen orgánica y administrativamente de Sevilla capital, como capital del Reino, incluida Dos Hermanas.

Artículo 4.-La Asamblea es la cámara de representación de todos los Sevillanos y estará constituida por un solo escaño.

Artículo 5.- Por el culo te la hinco.

Artículo 1.- Moneda. La moneda del imperio es el Leuro, divisible a su vez en piezas de menor valor, así 1 Leuro equivale a sien séntimoh.

Artículo 2.-La unidad de medida es la Mijita ó Mihita.

Artículo 3.- La Mihitase divide en 10 Miajas. La unidad fraccionaria de la Miaja es la Miajita, también llamada Mijinina. Es decir, son lo mismito.Como unidades superiores a la Mijita se adoptan la Jartá y el Lote.

Artículo 4.- La Cañacúbica es la medida de capacidad. La Cañacúbica se mide al revés.

Ejemplo: un barril de Cruzcampo lleno es igual a 1.000 cañas, un Barril de

Cruzcampo vacío es igual a una jartá de cañas.

Artículo 5.-(Por el culo te la hinco) El Reino de Sevilla protegerá el Río Guadalquivir para evitar transvases de éste a otras cuencas. El Guadalquivir pasa a ser navegable hasta Palma del Río.

Artículo 6.- Festividades. La Semana Santa, la feria de Abril, el 19 de Marzo (San José) y el Corpus Christi serán declaradas fiestas nacionales, y se establece el día 15 de Agosto -festividad de la Virgen de los Reyes- como el día de la Fiesta Nacional.

Artículo 7.- La comida nacional es el Gazpacho, incluyendo el pescaito frito, el Bacalao con tomate, la Ensaladilla, el Cocido con su Pringá, y las Torrijas como platos de la gastronomía nacional. La bebida nacional es la Sangría, y por supuesto la cerveza Cruzcampo, la Manzanilla de Sanlucar y el tinto de verano.

DISPOSICIONES ADICIONALES

Artículo Único.- El poder en el Reino Sevillano emana del pueblo. El pueblo emana de la prima, y la prima hermana hace años que no vive aquí.

Este Estatuto es incuestionable y legítimo, y para que conste lo firmo:

Pte. Manuel Chaves
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NOTA: Para que no haya equívocos y dar a cada cual lo que pertenece, he de decir que este Estatuto tan de humor andaluz, no es mío, que soy castellano y los dioses no me concedieron tanta 'grasia'. Fue un texto adjunto que recibí en algún correo y me hizo muchísima gracia y así lo expuse en este blog cuando lo recibí. Al leer en la prensa la aprobación del nuevo engendro, perdón, Estatuto Andalusí-catalán, me pareció oportuno recordar el 'Eztatuto' sevillano que le da cien vueltas en claridad, concisión, sentido práctico y más en consonancia con ese pueblo.

Para terminar de acabar con el equívoco, he buscado en Google quién podría ser el autor de tan gracioso texto y me he encontrado con un tal Gilenarum, natural del pueblo de Gilena, donde he visto que figura el texto. No sé si es el autor real, pero por si acaso, dejo constancia aquí de mi hallazgo.

Al César lo que es del César. Gracias


Comentarios

Enrique Gallud Jardiel ha dicho que…
Absolutamente genial. La verdad es que el tema se presta, pero has hecho una labor digna. Ten en cuenta, empero, que se te van a enfadar todos los sevillanas...y todos los madrileños, para los que (no sé por qué especialmente) Sevilla es la niña de sus ojos.
Meritxell2000 ha dicho que…
Qué bueno. Conocía el texto, pero mira por dónde he ido a conocer al autor de la fechoría, ejem, quiero decir,al ingenioso de los interneses...

Felicitaciones, amigo náufrago.
Douce ha dicho que…
Meritxell. Desde luego el redactor de este "Eztatuto", que no puedo atribuirme porque llegó a mi correo hace algún tiempo, merecería ser el redactor de todos los "Estatutos","estatutillos" y "estatulletes" que irán apareciendo con la nuevas "realidades nacionales", porque ninguna querrá ser menos.

Lo he insertado aquí, porque me parecía muy oportuno ante la aprobación del ESTATUTO del señor Chaves y compañeros. Creo que tanto por la redacción, como por el contenido, ganará con mucho a todos los que aparezcan. Es claro, va al grano, todo el mundo lo entiende, y es conciso, facilísmo de retener y aplicar.

Necesitamos urgentemente una cura de risoterapia.

Un saludo Meritxell

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