¡Taxi! ¡Manda huevos!

CUANDO UN TAXI SE CONVIERTE EN UN RING Y LOS HECHOS QUE EN ÉL HUBIERON LUGAR

Entre tanta noticia veraniega de incendios, accidentes, inundaciones, terremotos, huracanes o tifones, o tanta crónica rosa, amarilla o marrón, de bikinis, top less o arrumacos playeros, a veces, se encuentra uno con noticias de sabor antañón, que huelen a barrio.

El tal suceso sucedió el pasado 8 de agosto, en Santander, ciudad turística.Esta circunstancia no obsta para que haya taxistas y clientas que puedan enzarzarse en una disputa que pueda degenerar en pelea, en condiciones algo desiguales. En estos tiempos de corrección política, el Náufrago no sabe bien si debe llamarse de género, de sexos o qué género de calificativo pueda corresponder a tal suceso. El matiz no es que haga mucho al caso, pero dado los tiempos que corren, no puede ser considerada cosa baladí. Pero entremos de una vez en materia, vayamos al grano o meollo del asunto.

La noticia, incrustada en la sección de 'sucesos', no dice en qué parte de la ciudad ocurrió, en qué parada subió al taxi doña Ana Y.R.D. y adónde indicó al taxista Ángel G.V. que la condujera. El caso es que en un momento del trayecto, doña Ana dijo a don Ángel, o puesto que ya llevamos un tiempo en el taxi, Ana le espetó a Ángel, que estaba alargando el camino innecesariamente, que siguiendo el trayecto B llegarían antes, con el consiguiente menos costo.

Es de suponer, que el taxista, experto en itinerarios largos y cortos le respondiera algo así como:

- “Señora, llevo 20 años sentado frente al volante y sé por dónde tengo o no tengo que ir”. Es de imaginar también que doña Ana – volvamos al tratamiento – le respondiera más o menos de esta guisa:

-“ Si usted lleva al volante 20 años, yo vivo en Santander desde hace 54 años, 5 meses y 24 días y, aunque no soy taxista, sé cuál es el camino más corto para llegar a mi casa”.

Es de suponer que el tono y la lección callejera de la clienta, hiriera en lo más sensible de su orgullo profesional a Ángel, que le respondió de malos modos. (Ahorramos la respuesta, porque era la una y media de la tarde, el taxista no había comido, llevaba desde la siete de la mañana patrullando, el día no se había dado bien, y empezaban a hinchársele los...)

Hablando de ‘huevos’, Ana Y.R.D., que venía de la compra, le dio como respuesta, una sonora bofetada a A.G.V. al tiempo que metía su mano en la bolsa de la compra, lanzándole un par de huevos, que fueron seguidos de otros más, hasta acabar la munición. El chofer debió detener el vehículo-taxi, recogió del asiento los huevos - los lanzados por la señora - y se sirvió de los que milagrosamente no se habían estrellado en su cara o en el parabrisas. Empezó entonces una batalla, que no fue ‘naval’, ya que la mujer no había comprado nabos, pero sí fue una batalla ‘Trigal’, o sea de “¡manda huevos!”. Huevos, tortazos y lo que se terciara.

Según reza la crónica periodística, y así consta en la sentencia del ‘juicio rápido’ celebrado esta semana, A.G.V. “lejos de rehuir el enfrentamiento, lanzó a su vez los huevos que no se habían roto contra su clienta y la propinó un bofetón, al igual que había hecho ella.” Así terminó la cosa: a huevazo y bofetón limpio, de los que ambos salieron con “lesiones leves”.

En el acto, el Juez, con su ponderado lenguaje dispone: “Consideramos a ambos culpables en la misma medida, ya que la riña fue ‘mutuamente aceptada’ y tanto uno como otro mantuvieron ‘posiciones impropias de personas civilizadas’, ya que en el caso de la mujer infringió una ‘agresión ilegítima’ a la que el taxista respondió de forma ‘manifiestamente excesiva y desproporcionada', no limitándose a repeler la agresión sino que llegó a ‘derribar a su oponente', a la que continuó agrediendo.”

De donde se deduce, que
  • está penado reñir ‘de mutuo acuerdo’
  • que hay que ‘adoptar posiciones civilizadas’, no vale decúbito supino, ni prono
  • que los huevos de la mujer no gozan de ‘legitimidad para agredir’
  • que los bofetones de un taxista, dado el desarrollo de sus músculos al volante, son 'excesivos y desproporcionados'.

  • que en este tipo de peleas tiene un plus penal el acoso y 'derribo' del oponente

CONCLUSIÓN: En sus conclusiones el juez opina que "cada uno deberá asumir los perjuicios y daños que la riña les generó*, en base al principio de derecho de que 'nadie puede ser indemnizado del daño causado por su propia culpa'. Contra la sentencia puede interponerse recurso de apelación."

*240 € cada uno, más un plus de 125€ a A.G.V por derribo a la 'clienta'

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